Skip Ribbon Commands
Skip to main content
Canal interno de Información

Canal interno de información

 

En cumplimiento de lo establecido en el art. 13.2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la Casa de S.M. el Rey –como Organismo de relevancia constitucional- ha implantado un Sistema interno de información.

Este Sistema cumple con la finalidad del citado texto legislativo, ya que permite que las personas físicas puedan informar sobre alguna de las acciones u omisiones a las que se refiere su artículo 2, fundamentalmente infracciones del Derecho de la UE, infracciones penales, e infracciones administrativas graves o muy graves.
 
En el siguiente enlace podrá acceder a información relevante sobre el Sistema interno de información, el responsable del Sistema, los derechos del informante, la política de protección de datos y el procedimiento de gestión de las comunicaciones recibidas.
Para la presentación de estas informaciones, el Sistema dispone de un canal interno que permite la comunicación escrita por medio de dos vías:
• una aplicación informática que cumple con los criterios de confidencialidad de la información y la protección de datos a la que se puede acceder a través de este enlace:  https://whistleblowersoftware.com/secure/canalinternodeinformacionCasadeSMelRey 
• por correo postal remitido a la dirección siguiente: Palacio de la Zarzuela. Carretera del Pardo s/n 28071. Madrid (España). El uso de esta vía de comunicación requiere reseñar en el sobre que va dirigido al responsable del Sistema interno.
La ley establece la creación de un canal externo de información y el nombramiento de una Autoridad Independiente de Protección del Informante.

Toda persona física podrá informar ante dicha Autoridad, o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la citada ley, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno. (INFORMACIÓN DE ACCESO AL CANAL EXTERNO AÚN NO PUBLICITADA POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA)