Cabe destacar que tanto en la Hispania cristiana heredera de la tradición hispanorromana e hispanogoda como en al-Andalus se organizaron institucionalmente las más altas percepciones de las cosmovisiones monárquicas que imperaban en el mundo de entonces. Así, si en la Europa occidental el máximo rango político-formal correspondía al Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, en la España cristiana fueron varios los Reyes —particularmente Alfonso VI y Alfonso VII de León y de Castilla— que asumieron la dignidad de Emperador de España o de las Españas. En tierras hispanomusulmanas, monarcas de Córdoba adoptaron los títulos de Emir y Califa al igual que sus contrapartes del universo islámico afroasiático con centros en Damasco o Bagdad.
La culminación de la Reconquista a fines del siglo XV tuvo como resultado la extinción del espacio hispanomusulmán y la convergencia política y territorial de las principales Coronas españolas, las de Castilla y Aragón, con unos mismos monarcas, los Reyes Católicos Isabel y Fernando. A esa unión monárquica se incorporaron poco después el Reino de Navarra y, a finales del siguiente siglo, con Felipe II, el Reino de Portugal, lográndose así la completa unión peninsular hispánica, o ibérica, en el marco de una Monarquía común. Coetáneamente, y también con posterioridad, durante los siglos XVII y XVIII, la Monarquía de España adquirió una dimensión planetaria con la consiguiente incorporación de territorios y reinos en diferentes continentes. Los pueblos y territorios de América se organizaron como los de las tierras andaluzas después de las conquistas de tiempos de Fernando III el Santo. Lo mismo que en Andalucía se formaron reinos —los de Jaén, Córdoba, Sevilla, y posteriormente Granada— en Indias también se constituyeron reinos con virreyes como delegados del monarca, en Nueva España, El Perú y posteriormente, en Nueva Granada y en el Plata, por lo que el Rey se consideraba sucesor de los emperadores autóctonos, como se quiso expresar mediante las esculturas de Moctezuma, último emperador azteca, y de Atahualpa, último emperador incaico, situadas en una de las fachadas del Palacio Real de Madrid.
El título o tratamiento tradicional de Católicos concedido a los Reyes de España por el papa Alejandro VI en 1496, a Fernando, Isabel y sus sucesores, hizo referencia en su momento a la concreta adscripción religiosa del monarca y a su defensa de la fe católica, aunque también denotaba, según ciertas interpretaciones, una proyección de carácter ecuménico y universalista en un momento en el que, por primera vez en la historia del mundo, un poder político —en este caso la Monarquía Hispánica— alcanzaba una dimensión global con soberanía y presencia efectiva en todos los continentes —América, Europa, Asia, África y Oceanía— y en los principales mares y océanos —Atlántico, Pacífico, Índico y Mediterráneo.
Consecuencia del proceso histórico acumulativo e incorporador de la Monarquía española fueron las específicas titulaciones utilizadas por los Reyes de España. Junto al título corto —Rey de España, o de las Españas— que hace referencia sintética al solar originario de la Monarquía, se utilizó oficialmente en cada reinado y hasta el siglo XIX el título grande o largo con explícita mención de los territorios y títulos con los que reinaba el monarca español, con los que habían reinado sus antepasados o sobre los que se consideraba tenía legítimo derecho. Sirva como muestra la extensa titulación de Carlos IV, todavía en 1805, plasmada en la Real Cédula que precedía al texto legal de la Novísima Recopilación de las Leyes de España con ocasión de su promulgación: “Don Carlos por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, de Jerusalem, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y Tierra firme del mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán; Conde de Apsburg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina”. Cabe subrayar que la vigente Constitución Española, en su artículo 56.2, señala que el título del Jefe del Estado “es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona”.
Como vértice superior del Estado monárquico, a la Corona le correspondió en tiempos medievales y en el Antiguo Régimen las máximas y más amplias funciones gubernativas y, por ello también, una especial responsabilidad tanto en los aciertos como en los errores.
Sancho III el Mayor, Rey de Navarra, ya en el siglo XI reunió bajo su trono una parte sustancial de la España cristiana. Sin embargo, al igual que otros Reyes medievales hispanos y por causa de una tradicional visión patrimonialista de la Monarquía, dispuso que se dividieran sus dominios tras su fallecimiento. El Rey de León Alfonso IX se adelantó a su tiempo convocando en 1188 las primeras Cortes de la historia europea con participación ciudadana, noble y eclesiástica. Fernando III el Santo unificó definitivamente los Reinos de Castilla y de León dando un impulso irreversible a la Reconquista. Alfonso X el Sabio favoreció la cultura y las artes, además de establecer los fundamentos legislativos y hacendísticos de una nueva forma de Estado monárquico. Jaime I de Aragón y sus sucesores afirmaron la unión política de los territorios de la Corona aragonesa y su expansión ultramarina mediterránea.