on Felipe mantuvo en la Dirección General de la Policía una reunión con la Junta del Gobierno de este cuerpo policial, en la que fue informado sobre las misiones y las líneas de actuación del cuerpo.
Su Majestad el Rey estuvo acompañado por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska; el secretario de Seguridad, Rafael Pérez; el director general de la Policía, Francisco José Pardo; y el director adjunto operativo del Cuerpo Nacional de Policía, José Ángel Gonzalez, además de los miembros de la junta de Gobierno de la Policía Nacional.
Durante la reunión, Don Felipe fue informado por el director general de la policía de la situación actual y proyectos estratégicos de la Policía Nacional y por parte del director adjunto operativo sobre las prioridades operativas del cuerpo.
Con este acto, Su Majestad el Rey quiso conocer personalmente a los integrantes de este órgano colegiado y reconocer el servicio que realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a los ciudadanos.
La Junta de Gobierno de la Policía Nacional tiene como misión la misión de prestar asistencia y colaboración al Director General de la Policía en el desempeño de sus funciones.
La Policía Nacional es un instituto armado de naturaleza civil, con estructura jerarquizada que tiene como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, con ámbito de actuación en todo el territorio nacional.
En las capitales de provincia y en otras poblaciones determinadas por el Gobierno, las siguientes funciones generales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciban de las Autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias; Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa; Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran; Velar por la protección y seguridad de altas personalidades; Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana; Prevenir la comisión de actos delictivos; Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del Juez o Tribunal competente, y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes; y captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de prevención de la delincuencia; Colaborar con los servicios de Protección Civil, en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en los términos en que se establezcan en la legislación de Protección Civil.
En todo el territorio nacional, las siguientes funciones con carácter exclusivo de la Policía Nacional: La expedición del Documento Nacional de Identidad y de los Pasaportes; El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros; Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración; La vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia del Juego; La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga; Colaborar y prestar auxilio a las Policías de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior; El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones; y aquellas otras que le atribuya la Legislación vigente.