on Felipe recibió en el Palacio de La Zarzuela a los nuevos funcionarios del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, a quien les corresponde la asistencia jurídica de la Administración de la Seguridad Social, consistente en el “asesoramiento jurídico, así como la representación y defensa en juicio de sus intereses”. Los miembros de las tres últimas promociones asistentes a la audiencia vinieron encabezados por la directora en funciones del Servicio Jurídico, María José Alonso Gómez.
Corresponde a los Letrados de la Administración de la Seguridad Social las actuaciones ante el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas y la Agencia de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en las disposiciones reguladoras de los mismos. Les compete el asesoramiento y la participación en Mesas de Contratación. Asimismo, puede atribuirse a los miembros de este Cuerpo la representación y defensa en juicio de las autoridades, funcionarios y empleados de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes, cualquiera que sea su posición procesal, cuando los procedimientos se sigan por actos u omisiones relacionados con el ejercicio de su cargo y así se autorice expresamente. Igualmente, a instancia del Secretario de Estado de la Seguridad Social, podrá encomendárseles la representación y defensa de estas entidades en los procedimientos arbitrales.
Destacar, dentro de sus funciones, las contenciosas: “La representación y defensa en juicio de la Administración de la Seguridad Social en el ámbito de sus Entidades gestoras y Servicios comunes ante cualesquiera jurisdicciones, españolas o de la Unión Europea, así como ante cualesquiera jurisdicciones en el extranjero. La representación y defensa ante cualesquiera órganos en aquellos procedimientos en que esté interesada la Administración de la Seguridad Social, en el ámbito de sus Entidades gestoras y Servicios comunes. La representación y defensa en juicio de las autoridades, funcionarios y empleados de las Entidades gestoras y Servicios comunes, cualquiera que sea su posición procesal, cuando los procedimientos se sigan por actos u omisiones relacionados con el ejercicio de su cargo. Las actuaciones que se llevan a cabo en cuestiones de competencia y en conflictos de atribuciones. Informar los expedientes relativos al pago de costas a que fuere condenada la Administración de la Seguridad Social en el ámbito de sus Entidades gestoras y Servicios comunes, así como visar las que se exijan y devenguen en su favor. Visado de minutas de notarios y procuradores en asuntos tramitados. Cualesquiera otras funciones de asistencia jurídica, de naturaleza contenciosa, previstas en la normativa vigente”.