Instrucciones sobre procedimiento presupuestario y de contabilidad
El artículo 16 del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey establece:
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El régimen presupuestario y de contabilidad se ajustará a las técnicas y principios propios del sector público, respetando al mismo tiempo la autonomía presupuestaria reconocida en el artículo 65 de la Constitución Española.
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Por la Jefatura de la Casa se aprobarán las Instrucciones que regulen el régimen presupuestario y de contabilidad, que se adecuarán a lo previsto en el párrafo anterior.
Estas Instrucciones deberán publicarse en la página web de la Casa de Su Majestad el Rey
En cumplimiento del precepto legal, a continuación, se detallan las siguientes Instrucciones sobre procedimiento presupuestario y de contabilidad.
Descargar InformaciónInstrucciones sobre procedimiento presupuestario y de contabilidad (PDF, 209 kb)Modificación a la norma 16ª de las instrucciones;(PDF, 367 kb)