Cuentas Anuales
El Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S.M. el Rey dispone en su artículo 4.2 que el Secretario General de la Casa de S.M. el Rey eleva al Jefe de la Casa las cuentas anuales formuladas por la Unidad de Administración, Infraestructura y Servicios.
El artículo 3.1 del citado Real Decreto 434/1988 establece que es competencia del Jefe de la Casa de S.M. el Rey aprobar las cuentas anuales correspondientes a cada ejercicio.
A partir del 1 de enero de 2022 el marco contable por él que se rige la Casa de S.M el Rey es el “Plan General de Contabilidad Público” aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 abril, del Ministerio de Económica y Hacienda (PGCP).
El Real Decreto 297/2022, de 26 de abril, estableció que la auditoría externa de las cuentas anuales formuladas por la Casa de S.M. el Rey se llevaría a cabo por el Tribunal de Cuentas.